Ética y valores        

Política autocontrol y gestión del riesgo integral de lavado de activos, financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva

por | Dic 23, 2021 | Sin categoría | 0 Comentarios

TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.Asu representante legal y la junta de directiva, ha dispuesto las medidas operativas, económicas, físicas, tecnológicas y de recursos, necesarios para la puesta en marcha del SAGRILAFT (Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo), y el desarrollo adecuado de las labores de auditoría y cumplimiento de este Sistema.

TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, reconoce el impacto del riesgo LA/FT/FPADM como la posibilidad de pérdida o daño que puede sufrir una persona jurídica por su propensión a ser utilizada directamente o a través de sus operaciones como instrumento para el Lavado de Activos y/o canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas o el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, o cuando se pretenda el ocultamiento de Activos provenientes de dichas actividades.

TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, reconoce el impacto del Riesgo Reputacional, como la posibilidad de pérdida en que incurre una persona jurídica por desprestigio, mala imagen, publicidad negativa, cierta o no, respecto de la organización y sus prácticas de negocios, que cause pérdida de clientes, disminución de ingresos o procesos judiciales con el consecuente efecto económico negativo que ello puede representar para su estabilidad financiera, cuando es utilizada para actividades relacionadas con el LA/FT/FPADM.

TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, reconoce el impacto del Riesgo de Contagio, como la posibilidad de pérdida que una persona jurídica puede sufrir, directa o indirectamente, por una acción o experiencia de una Contraparte.

TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, deja constancia que ha adopta medidas razonables, es decir acciones suficientes, apropiadas y medibles en calidad y cantidad para mitigar el riesgo LA/FT/FPADM, teniendo en cuenta los riesgos propios de TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.Ay su materialidad.

TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, deja constancia que ha estipulado esta política, así como lineamientos generales para identificar, evaluar, prevenir y mitigar el riesgo LA/FT/FPADM, lo que incluye una serie de medidas y procedimientos para prevenir que TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.Asea utilizada, directa o indirectamente, para la realización de actividades ilícitas propias del crimen organizado transnacional.

TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.Adeja constancia que ha diseñado y ejecuta un Sistema de Autocontrol y Gestión Integral del Riesgo LA/FT/FPADM – SAGRILAFT, como mejor práctica, para lo cual ha considerado los riesgos propios de TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, relacionados con LA/FT/FPADM, en función del tipo de negocio, la operación, el tamaño, las áreas geográficas donde opera y demás características particulares.

En este sentido, TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.Adeja constancia que El SAGRILAFT identifica y maneja los riesgos LA/FT/FPADM de TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, con la premisa que, a mayor riesgo, mayor control.

  1. Cada una de las etapas y elementos del Sistema SAGRILAFT cuenta con políticas claras y efectivamente aplicables, incorporadas en el Manual SAGRILAFT de procedimientos que orienta la actuación de los funcionarios de TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A para el funcionamiento del Sistema, así como las consecuencias y las sanciones frente a su inobservancia.
  2. Ha designado una persona responsable de la supervisión y verificación del cumplimiento del Sistema, un Oficial de Cumplimiento y un Oficial de Cumplimiento suplente.
  3. Certificará, cuando sea procedente, que el Oficial de Cumplimiento cumple con los requisitos exigidos en la normatividad vigente e informará por escrito a la Superintendencia de Sociedades.
  4. La Junta de Socios y el representante legal, aprueban y disponen las medidas operativas, económicas, físicas, tecnológicas y demás recursos que sean necesarios para que el Oficial de Cumplimiento pueda desarrollar sus labores de manera adecuada.
  5. El SAGRILAFT, presentado conjuntamente por el representante legal y el Oficial de Cumplimiento, es aprobado en este documento, mediante el cual se desarrolla el cumplimiento efectivo de la Política LA/FT/FPADM, a través de su ejecución, que incluye como mínimo: Manual SAGRILAFT; Matriz de riesgo; Segmentación y Reportes ante los entes de Control. La puesta en marcha del SAGRILAFT mantiene los procedimientos de diseño, aprobación, seguimiento, divulgación y capacitación incluidos en el Manual SAGRILAFT, el cual representa una regla de conducta que orienta la actuación de TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, sus empleados, asociados, administradores y demás vinculados o partes interesadas.
  6. El SAGRILAFT se divulga dentro de TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A y a las demás partes interesadas, como mínimo una (1) vez al año, para asegurar su adecuado cumplimiento.
  7. Brinda capacitación a empleados, asociados y, en general, a todas las partes interesadas que considere que deban conocer el SAGRILAFT. Estas capacitaciones, tendrá lugar por lo menos una (1) vez al año y se deja constancia de su realización.
  8. Mantiene procedimientos de Debida Diligencia para conocer a sus contrapartes mediante la obtención, registro y verificación de su información, incluyendo las medidas suficientes para el conocimiento, de los Beneficiarios Finales de los clientes y proveedores, en la medida de lo posible. Así mismo, tiene mecanismos para la actualización de tales datos. En materia de Debida Diligencia, la vinculación de la Contraparte será aprobada por la persona responsable del negocio comercial, contractual o laboral.
  9. En materia de Debida Diligencia y en base en las mejores prácticas, se realiza la verificación de la documentación en el momento del proceso de vinculación al inicio de la relación comercial. En los casos que la dinámica de negocios requiera no interrumpir la conducción normal de la operación, se realiza un control posterior enmarcado en la revisión y verificación de la documentación y el cual deberá ejecutarse lo antes y razonablemente posible, en un lapso nunca superior a 15 días.

Si TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, no puede llevar a cabo la Debida Diligencia satisfactoriamente, el Oficial de Cumplimiento evaluará la pertinencia de iniciar o terminar la relación legal o contractual, así como también la procedencia de reportar o no la operación como sospechosa.

Si TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, no puede llevar a cabo la Debida Diligencia satisfactoriamente, el Oficial de Cumplimiento evaluará la pertinencia de iniciar o terminar la relación legal o contractual, así como también la procedencia de reportar o no la operación como sospechosa.

  1. Ha contemplado procedimientos para la identificación de la persona natural o jurídica con quien podría realizar operaciones que involucren activos virtuales.
  2. Cuenta con un procedimiento de Debida Diligencia Intensificada, más exhaustivo, con actividades adicionales a las llevadas a cabo en la Debida Diligencia; para las relaciones, directas o indirectas, con Contrapartes de mayor riesgo que implica un conocimiento avanzando de la Contraparte y del origen de los Activos que se reciben.
  3. Tiene procedimientos para mantener los documentos y registros que garanticen la integridad, oportunidad, confiabilidad, reserva y disponibilidad de la información que se genera durante la ejecución de las actividades propias de la TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A. Además, conserva todos los documentos relacionados con el funcionamiento del Sistema por un término no menor de diez (10) años.
  4. Diseña señales de alerta, considerando los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM identificados, conforme a la Matriz de Riesgo LA/FT/FPADM y de acuerdo con la materialidad del riesgo LA/FT/FPADM.
  5. Ha contemplado procedimientos para el seguimiento y monitoreo de las transacciones que realizan los clientes y proveedores, a fin de estar en la capacidad de detectar señales de alerta de riesgo LA/FT/FPADM u Operaciones Inusuales, que permitan el análisis y comparaciones respectiva, a fin de determinar Operaciones Sospechosas, de ser el caso.
  6. Reporta en forma voluntaria ante la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) todas las operaciones que determine como sospechosas, sin perjuicio de poner en conocimiento de las autoridades competentes otras situaciones que conozca dentro del desarrollo normal del negocio.
  7. Cuenta con un procedimiento para dar respuesta oportuna a los requerimientos de información relacionados con la implementación y avance del SAGRILAFT que efectúen los entes vigilantes o de control.

Si TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, no puede llevar a cabo la Debida Diligencia satisfactoriamente, el Oficial de Cumplimiento evaluará la pertinencia de iniciar o terminar la relación legal o contractual, así como también la procedencia de reportar o no la operación como sospechosa.

TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, reconoce que debe establecer y asignar de forma clara, a quién corresponde el ejercicio de las facultades y funciones necesarias frente a la ejecución de las distintas etapas, elementos y demás actividades asociadas al SAGRILAFT. Y que el funcionamiento del SAGRILAFT requiere de la participación de varios sujetos, que, si bien existen funciones específicas asignadas, la interacción de todos los responsables es fundamental para un adecuado funcionamiento, cumplimiento y efectividad del SAGRILAFT.

TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, tiene claridad que el funcionamiento cumplimiento y efectividad del SAGRILAFT, requiere la interacción de todos los responsables. En este sentido, las funciones y facultades estipuladas en el Manual SAGRILAFT, descripciones de cargos y demás documentos de TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, se traducen en reglas de conducta que orientan la actuación de los empleados, asociados, administradores y demás vinculados o partes interesadas.

TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, en desarrollo de la implementación y ejecución del SAGRILAFT. Para ello se respetan las disposiciones legales en materia de protección de datos personales contenidas en las Leyes 1266 de 2008, 1581 de 2012, y demás normas aplicables. Y los soportes se conservan de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 962 de 2005, o la norma que la modifique o sustituya.

Con la implementación de esta política evidenciada a través del SAGRILAFT y el cumplimiento cabal de todas las medidas de prevención y control que se señalan, en los documentos generados y mantenidos en archivos en la oficina y en carpetas de informática, se busca que la Junta de Socios de TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, y sus administradores tengan instrumentos que les permitan tomar decisiones informadas y que faciliten la mitigación del riesgo de LA/FT/FPADM.

Finalmente, TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A cuenta con una administración comprometida con la prevención y control del riesgo de Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo, Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y la denominada corrupción. Y está consciente de que el incumplimiento de las órdenes e instrucciones impartidas en la normatividad legal vigente dará lugar a las investigaciones administrativas que sean del caso y a la imposición de las sanciones administrativas pertinentes a la TORRECAFE AGUILA ROJA Y CÍA. S.A, el Oficial de Cumplimiento, revisor fiscal o a sus administradores, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de 1995, sin perjuicio de las acciones que correspondan a otras autoridades.

0 comentarios